Familiar de ciudadano español

Con la nueva reforma del Reglamento de Extranjería aprobada por el Real Decreto 1155/2024, la residencia de familiares de ciudadanos españoles ha sido regulada de forma más detallada, estableciendo claramente quiénes pueden solicitarla y cómo se debe tramitar.

En González Pulido Abogados, te explicamos todo lo que necesitas saber para solicitar esta residencia en 2026.

  • La solicitud la presenta el ciudadano español, ante la Oficina de Extranjería de su lugar de residencia.
  • La solicitud se presenta en el Consulado de España en el país de origen o residencia del solicitante extranjero.
  • La solicitud puede presentarla indistintamente el ciudadano español o el familiar extranjero en la Oficina de Extranjería correspondiente.

Importante: Toda documentación extranjera debe estar apostillada o legalizada y traducida al castellano por traductor jurado.

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